Cierre ilegal de calles o avenidas / Manuel Alfredo Rodriguez

El dictamen de una auditoría legal solicitada con nuestro carácter de abogados en Caracas atendió la pregunta que nos fuera formulada: ¿es legal cerrar una calle o avenida? Más allá de pretender calificar dicha actuación de arbitraria, ilícita o al menos "desesperada", esbozamos a continuación algunos aspectos jurídicos de esta práctica tan arraigada en las urbanizaciones o principales centros poblados en Venezuela.

Dada la inseguridad personal a la que nos encontramos sometidos todos los ciudadanos, algunos justifican el cierre de las calles y avenidas que dan acceso a sus residencias o casas de habitación. Sin embargo, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela dispone en el artículo 50: "Toda persona puede transitar libremente y por cualquier medio por el territorio nacional... trasladar sus bienes...". Es el derecho al libre tránsito recogido asimismo por la Ley de Transporte Terrestre y la mayoría de las ordenanzas municipales.

Atendiendo lo anterior, las alcaldías otorgan permisos para la construcción de garitas o casetas de vigilancia pero siempre que ellas tengan la presencia de un vigilante o personal contratado para la seguridad, ya que es inconstitucional cerrar las calles de forma absoluta, permanente o completa. Y es que el derecho a la vida es primordial; no es lícito ejercer un derecho violando otro. De manera que es errado sostener que: por ser una costumbre el cierre de las calles en Venezuela, entonces, todos pueden hacerlo. Quien así actúe, se expone a que la persona ofendida (víctima) tome acciones en su contra.

Todo lo expuesto significa que cualquier ciudadano, habite o no en la calle en cuestión, podría demandar haciendo uso del amparo constitucional por la violación flagrante de sus derechos consagrados en nuestra Carta Magna. El objeto es solicitar que le restituyan el libre acceso o tránsito de la vía pública. Por último, en segunda opinión legal emitida por abogados en Venezuela, se hizo constar que por ser una contravención a los derechos y garantías de rango constitucional, toda persona está legitimada para demandar o impugnar ante los tribunales, el cierre de las avenidas o calles en Venezuela. La ley no protege al negligente, quiere decir que aunque se ignore que la norma existe, debe ser cumplida. Por el hecho de que nadie haya reclamado el cierre de una calle o avenida en particular, no es correcto sostener que esa clausura es lícita o permitida por el legislador venezolano. La protección de los bienes y derechos de la víctima deben ser garantizados por su abogado, esto implica el manejo de la técnica legal adecuada mediante la aplicación del blindaje o cúbrase patrimonial. Se trata del resguardo de los bienes o cosas con función preventiva.

www.protejase.com.ve Consultor Jurídico Universidad Santa María

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Ética del abogado en Venezuela // Manuel Alfredo Rodriguez

La forma de ejercer la profesión de abogado en Venezuela ha cambiado. Basta con presenciar, cualquier día laborable del año, las largas y humillantes filas que se forman en la entrada de los tribunales en Caracas para probar esta afirmación. Y qué decir de otra realidad: hoy, inscribir una empresa o compañía en el Registro Mercantil es una tarea titánica. Hay que presentarse a las tres de la mañana para rogar que se le entregue al interesado un recibo y, luego, ser atendido horas más tarde. Con la desgracia latente de perder el día dado que al funcionario podría ocurrírsele exigir entre otros recaudos, por ejemplo, el título de bachiller de quien hace la gestión. Lo increíble es que no pasa nada, pareciera que el ciudadano común se ha resignado a la mediocridad de los servidores públicos. Los especialistas buenos y conocidos son ignorados.

¿Ante quién debemos ejercer la queja? Son muchos los organismos competentes encargados de velar para que esto no ocurra. También son innumerables las denuncias al respecto. No solo todo sigue igual, sino que con el tiempo constatamos que la crisis aumenta. En fecha reciente, conocimos, al brindar asesoría legal en Caracas, que los mejores y reputados bufetes o abogados han dejado de dar opinión jurídica a los bancos e institutos de crédito cuya voluntad es no acudir a los tribunales en búsqueda de justicia. Es inútil demandar a los deudores morosos en los juzgados, demoran años en sentenciar.

Hemos observado que los bancos renuncian a ir a los tribunales y a cambio le plantean al deudor que pague lo que pueda a fin de obtener la liberación hipotecaria del inmueble. El banco y sus expertos evitan un juicio y reciben dinero de inmediato. El deudor es exonerado a pagar el saldo restante y se extingue la deuda hipotecaria. Lo narrado no es saludable por cuanto será evidente la reducción de la asignación de los créditos hipotecarios en el porvenir. Como el ejemplo de los bancos, hay otros que conducen a verificar la falta absoluta de seguridad jurídica en Venezuela. Tienen razón los inversionistas extranjeros al abandonar el país por la carencia del Estado de Derecho.

El ejercicio de la profesión de abogado en Venezuela comprende ciencia y arte, aunque en estos días, se afirma, representa más arte que ciencia. El peligro está cuando el componente ciencia se ausenta en quienes, no muchos, administran e imparten justicia o desempeñan altos cargos en la función pública. Otros sostienen, que el abogado exitoso y más buscado es aquel que resuelve los conflictos de forma rápida y menos dispendiosa; sin "pisar los tribunales".

Consultor Jurídico USM



Fiscalía, CICPC y tribunales penales // Manuel Alfredo Rodriguez

¿Cómo proceder en el caso de sufrir una denuncia penal incoada en su contra? ¿Cuál es el costo y tiempo en la práctica profesional de un juicio criminal, laboral o mercantil? En la búsqueda de asesoría legal acertada, está centrada la obtención de resultados favorables. Muchos juicios resultan contrarios a los intereses del demandado debido a la errónea defensa.

Los abogados en Venezuela, al dar segunda opinión legal, recomiendan acudir al análisis de varias estrategias a la hora de demandar, presentar el escrito de descargos o de la defensa. Recomendamos ejercer el Derecho en forma preventiva, esto significa no llamar al abogado cuando ya se ha manifestado o desarrollado el problema. La experiencia de haber aportado consultas, servicios o gestiones legales en situaciones parecidas a las planteadas es determinante para alcanzar el triunfo.

La denuncia penal que ejerce una persona es un derecho y garantía constitucional. Cuando se denuncia a alguien por la presunta comisión de un delito penal y luego, la Fiscalía advierte que no hubo delito, no existe ningún tipo de responsabilidad para el denunciante. Mientras que si un sujeto acusa a otro, y más tarde la Fiscalía declara que no se incurrió en delito, sí podría haber responsabilidad que exigir al acusador. En la segunda eventualidad, es posible que el acusador se convierta en acusado por no haber demostrado los hechos criminales que fueron atribuidos otrora a un individuo en particular.

En Venezuela puede demandarse al deudor que no paga sus deudas u obligaciones. Es el juicio mercantil por cobro de bolívares. El tribunal recibe la demanda, decreta la admisión y bien podría aprobar la medida de embargo sobre los bienes propiedad del deudor. Las pruebas idóneas para alcanzar estos resultados son: las facturas aceptadas, las letras de cambio o giros, los cheques, pagarés y recibos firmados. Es importante conocer no solo los derechos y obligaciones del demandante, sino también las defensas del demandado. La quiebra declarada por el tribunal, por ejemplo, concede tiempo al deudor para organizar los pagos o la suspensión temporal de sus obligaciones. Por otra parte, el deudor puede proteger o blindar su patrimonio, esto se conoce con el nombre de: cúbrase patrimonialmente. Son las actuaciones jurídicas destinadas a la protección de la empresa deudora o de la persona natural que se trate. Es importante subrayar que la responsabilidad penal acarrea la posibilidad de que la persona condenada sea luego demandada por responsabilidad civil o indemnización de dinero.

Consultor Jurídico USM



Cobro de cheques devueltos // Manuel Alfredo Rodriguez

¿Qué puede hacer un comerciante cuando le devuelven un cheque por falta de fondos? Se trata de la conocida expresión: "rebotó el cheque". Lo primero que hay que saber es que quien emite un cheque sin fondos comete delito penal. En ese sentido, el acreedor o la persona que recibe el cheque debe actuar de inmediato si el cheque "rebota" o no es pagado.

En la situación esbozada hay dos caminos para obtener la solución del problema. Uno es agotar la vía de la cobranza de la deuda sin acudir a los tribunales (extrajudicial). Se incurrirá en los gastos de cobranza y se incluirán los intereses de mora, sin la indexación. Si fracasa este intento, devendrá el cobro judicial de ese instrumento de pago: el cheque. Es la demanda por cobro de bolívares. Una vez admitida la demanda por el tribunal de la causa, el juez puede decretar la medida de embargo sobre los bienes propiedad del deudor. El tribunal se constituye en el domicilio, residencia o lugar de trabajo de la persona que libró el cheque y trasladará los bienes muebles que reposen en ese lugar a la Depositaria Judicial. Allí permanecerán hasta que se produzca el remate al mejor postor, salvo que el deudor pague.

Otra acción que podría ejercer la persona víctima por haber recibido un cheque sin provisión de fondos: es la penal. El acreedor está legitimado en su condición de portador beneficiario del cheque sin fondos, para interponer una denuncia penal en contra del deudor. Reiteramos, la emisión de un cheque sin fondos es un delito en Venezuela, pero requiere que la víctima ejerza ante los tribunales penales la correspondiente denuncia, que correrá sin interrupción. Será el representante del Ministerio Público quien formalice la acusación penal.

En nuestro carácter de abogados en Caracas, Venezuela, al evacuar un dictamen en una auditoría legal solicitada, sostuvimos que la acción penal hecha valer a través de la denuncia por el delito de emisión de cheque sin fondos, debe ser incoada dentro del plazo que la Ley prevé para ello. Dicho plazo comienza a correr a partir de la fecha de emisión del cheque. Asimismo, el beneficiario del cheque devuelto deberá dejar constancia del impago mediante la certificación expedida por un funcionario autorizado para dar fe pública en Venezuela: Notario Público o Juez de la República. Estas son actuaciones que deben ser realizadas por abogados, previa solicitud de la víctima o parte interesada. Por último, si ya venció el plazo establecido por la Ley, se pierde el derecho para demandar por vía penal, mas no se pierde la vía civil (demanda por cobro de bolívares), ya que para ésta se dispone de diez años. La defensa penal en este tipo de juicios exige alta pericia de parte de los abogados litigantes. Recomendamos proteger o blindar los bienes: casas, apartamentos, cuentas bancarias u otros.

Abogado en ejercicio en Venezuela